lunes, 14 de febrero de 2011

Comentarios al acuerdo de estabilidad


La ausencia de todas las centrales sindicales en esta negociación, vulnera el principio básico de la negociación Colectiva y los principios de representatividad, además de contravenir disposiciones legales, entre ellas el Estatuto Básico  (arts. 36, 37 y 38)

Podeis ver el acuerdo en este enlace para que comprobeis los puntos de los que hablamos

1.-  Consolidación de puestos de trabajo…

 
Consolidación de puestos a través de concursos de méritos: Consideramos que así, únicamente se consolidan…aquellas plazas que ya están ocupadas y que se ocuparon sin garantizar los principios básicos de desarrollo de la carrera y promoción interna en igualdad de condiciones por lo que se va a excluir a todos aquellos compañeros que tengan la posibilidad de acceder a estas al no tener méritos reconocidos.

Pretende pues consolidar, de forma fraudulenta, a personas que fueron adscritas por gozar de situaciones preferentes en tiempos anteriores para que sigan ocupando puestos designados a dedo y taponar la posibilidad de que otros/as trabajadores/as cualificados y debidamente formados, puedan acceder a estos puestos. Claramente este punto atenta contra la promoción interna y la carrera profesional de los /as empleados/a públicos (Cap II del EBEP, arts. 16 – 19)
 
INTERINOS INDEFINIDOS VS LABORALES INDEFINIDOS NO FIJOS ??? No hemos sido capaces de encontrar hasta el momento, esta condición / definición del personal en la Administración: Insistimos nuevamente en lo dispuesto en el EBEP y aplicado en otros Ayuntamientos ya (Como es el caso de Bormujos PP): en su artículo 15.5, dice con claridad que todos/as los/as compañeros/as que prestan servicio en esta casa en un periodo de 18 meses sobre 24 o en un periodo de 24 sobre 30, SON INDEFINIDOS NO FIJOS (ver STS ya indicada en este blog.)

En resumen, este plan favorece y consolida las situaciones injustas de tiempos pasados y provoca una situación de indefensión legal a aquellos trabajadores/as a los que se les reconozca la condición de interino indefinido. 

2.- Ratificación del plan de estabilidad.

Este plan nos recuerda al firmado en diciembre del 2006 (UGT – PSOE), EL CUAL FUE AMPLIAMENTE CRITICADO POR EL PP, APOYANDO LAS TESIS DE CC.OO. Hacemos memoria: Fue declarado nulo por sentencia firme, al vulnerar el derecho a la negociación colectiva y a la libertad sindical

    Curiosidades:

-    Nuevamente vulnera derechos fundamentales (excluye a CC.OO – CSIF).
-    Aquel Plan, al igual que el firmado ahora nunca se cumplió ni entró en vigor.
-   Curiosamente, se firma en el mes de diciembre previo a las elecciones, no queremos pensar que es más un balón de oxigeno por parte de UGT a los equipos de gobierno, más que un texto de mejora para la Plantilla de Trabajadores/as de esta casa.

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