miércoles, 12 de febrero de 2014

Proceso de recuperación de la Paga Extra de navidad

Estimados compañeros/as: 

La sección sindical de CCOO de Tomares presentó el pasado 23 de Diciembre de 2013, ante el SERCLA (Servicio Extrajudicial Resolucion Conflictos Laborales Andalucia) la siguiente demanda de conciliación y mediación previa a la vía judicial, reclamando el abono de la paga extra de Navidad  de 2012, o en su defecto, la parte proporcional devengada del 01/06/2013 al 14/07/2013, por ser derecho de todos/as  los trabajadores/as de este Ayuntamiento. 


https://drive.google.com/file/d/0B-5C6DV7MUXhQnNIWlBVVmVBVlk/edit?usp=sharing
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En la mañana de ayer, acudíamos a la cita con esperanza y optimismo motivado por el hecho de que un día antes, el Alcalde del Ayuntamiento de Sevilla, el Sr. Zoido (1) llegó, sin necesidad de llegar a los tribunales, a un acuerdo por el cual, el Ayto de Sevilla, abonará la paga extra a la mayor brevedad posible .
https://drive.google.com/file/d/0B-5C6DV7MUXhbjY5RkNsRkxmbms/edit?usp=sharing

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Al tratarse del Jefe directo de nuestro Alcalde, intuimos que no habría mayor problema... Pero una vez más, se pone de manifiesto la NO voluntad del equipo de gobierno de encarar los asuntos que conciernen al personal del Ayuntamiento, ya que NO SE HAN PRESENTADO en SERCLA (Servicio Extrajudicial Resolución Conflictos Laborales Andalucía), cercenando la posibilidad de solucionar los problemas de forma mediada y dialogada no dejando más vía que la judicial. (Pulsa para ver el documento completo)

.https://drive.google.com/file/d/0B-5C6DV7MUXhNEJPX0JNbVhFZk0/edit?usp=sharing

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Queremos poner de manifiesto este hecho por la constante acusación de que judicializamos las relaciones laborales del Ayuntamiento... NO ES CIERTO. Se acude a los tribunales cuando se agotan todas las vías de diálogo, como en este caso, sobre todo, porque no se muestra el más minimo interés.


 Saludos

Continuara....


(1) Logicamente, el Sr. Zoido no se ha tirado al mar, como juez sabe que el Real Decreto 20/2012, que nos expropió nuestras pagas extraordinarias, tiene los día contatos, el pasado día 4 de febrero el Pleno del Tribunal Constitucional admitió a trámite tres cuestiones de inconstitucionalidad (Audiencia Nacional y Juzgado de lo Social número 5 de Santa Cruz de Tenerife, por vulneración de la Constitución en sus artículos 9.3. "La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos" y el artículo 33.3 "Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes". BOE

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