martes, 12 de octubre de 2010

Información actualizada sobre el "DECRETAZO"....

ANTE UNA DEMANDA PLANTEADA POR LOS SERVICIOS JURÍDICOS DE CC.OO., LA AUDIENCIA NACIONAL SEÑALA QUE LOS RECORTES SALARIALES PODRÍAN SER INCONSTITUCIONALES,

Siguiendo con el compromiso que desde este sindicato mantenemos de trabajar por la dignidad de los Empleados Públicos, el empeño que desde nuestras asesorías jurídicas seguimos manteniendo en el día de hoy os informamos de una buena noticia para todos y todas los empleados públicos.

Se trata de la Providencia de la sala de lo social de la Audiencia Nacional iniciando procedimiento para la cuestión de inconstitucionalidad respecto del Real Decreto Ley 8/2010, de 10 de julio, en el conflicto colectivo de Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).

En ella la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en un trámite meramente procesal dentro del proceso de conflicto colectivo planteado por CCOO en relación a la reducción salarial operada respecto del personal de la FNMT, ha admitido “dudas sobre la constitucionalidad sobre los preceptos que regulan la aplicación del recorte salarial al personal laboral del sector público. Podeis descargar el auto AQUI.

La Providencia avanza “dudas sobre la constitucionalidad” de la redacción de algunos de sus artículos, por posible afectación del “contenido esencial del derecho a la libertad sindical y a la negociación colectiva”.

En consecuencia, ha acordado oír a las partes y al Ministerio Fiscal sobre esta cuestión de constitucionalidad, que afectaría a la redacción dada a determinados artículos de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010 por el Real Decreto Ley 8/2010; artículos que se refieren al ámbito de personal laboral al ser un litigio laboral y ser la Sala un órgano jurisdiccional del orden social.

Los artículos citados en la providencia, por razón de jurisdicción de la Sala, afectarían exclusivamente al personal laboral. Sin embargo, entendemos que en los procedimientos contenciosos abiertos, la instancia al TC, servirá de prueba para reforzar la extensión, en su caso, al personal funcionario.

Sin prejuzgar el fallo y los tiempos finales del procedimiento, deberá darse la necesaria confianza y respeto públicos a la Sala y al resto de instancias judiciales.

Señalar por último que los trámites ante el Tribunal Constitucional durarán un tiempo, durante el cual seguirá teniendo efecto el Real Decreto Ley.

En todo caso, el sindicato valora la providencia, como un refuerzo de sus posiciones sindicales y jurídicas, con independencia del resultado final del procedimiento en curso, mantendrá activas las demandas instadas, garantizando, en su caso, la extensión de derechos al personal asalariado del sector público.

CCOO no demandó a la Sala la inconstitucionalidad de la exclusión de aplicación del recorte a RTVE, AENA y otros, que la Sala considera que, de resultar constitucional el recorte, sea constitucional la excepción.

Seguiremos informando… 

Saludos

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